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La medida resulta necesaria porque en algunas provincias la declaración de emergencia publicada ayer fijaba fechas que ya habían expirado. La aclaración fue oficializada hoy en el Boletín Oficial.
El plazo para que los productores en zonas de emergencia puedan acceder a los beneficios comprendidos en los artículos 22 y 23 de la Ley 26.509 (con excepción del inciso 2 del artículo 22) fue extendido hoy por hasta 90 días hábiles vigentes desde ayer lunes 30 de noviembre. Así lo dispuso la resolución 36/09 del Ministerio de Agricultura (publicada hoy martes en el Boletín Oficial). La medida resulta necesaria porque en algunas provincias la declaración de emergencia publicada ayer fijaba fechas que ya habían expirado. En los fundamentos de la resolución 36/09 se menciona que “es necesario operativizar y establecer las fechas en que finalizarán los beneficios otorgados a los productores comprendidos en las zonas declaradas en emergencia y/o desastre por sus respectivas provincias y que hayan sufrido un perjuicio concreto, cierto y verificable y que fueran homologadas por las respectivas resoluciones ministeriales”.